De acuerdo a lo establecido en la Ley N°19.210 (Inclusión financiera) y en el Decreto N°180/015, a partir del pasado 1° de setiembre de 2015, Antel paga a sus proveedores exclusivamente por medio de transferencia bancaria.

El citado Decreto en su Artículo N° 3, también establece que estas transferencias deben realizarse a las cuentas bancarias validadas en el Registro Unico de Proveedores del Estado (RUPE), siendo responsabilidad del proveedor la  actualización de la información de sus cuentas. Por tal motivo Antel actualizará sus registros en base a la información existente en RUPE.

Para que sus datos en RUPE puedan ser tomados por esta Empresa:

1. Su R.U.T./C.I. en Antel debe coincidir con lo existente en dicho registro,
2. Debe figurar en RUPE en estado Activo, sus cuentas bancarias deben estar   validadas y habilitadas para que  esta Administración pueda generar transferencias bancarias hacia las mismas. Se recuerda que referente a este punto, dicho Decreto establece:
“ La responsabilidad por la inscripción en el RUPE corresponde al proveedor. Cuando la misma no haya sido realizada, el organismo público deberá retener el pago hasta que se complete dicho requisito.”

Por lo expresado anteriormente, en caso que esté comprendido en el alcance establecido por la normativa citada,  solicitamos a Usted la verificación de sus datos tanto en Antel como en RUPE y efectuar la actualización si aún no lo hizo.

Por cualquier consulta referente a la inscripción de las cuentas bancarias en el RUPE pueden comunicarse al mail registrodeproveedores@antel.com.uy o a los telf. 29284561/4565, Unidad Comunicación con Proveedores, Edificio Clientes, Nivel 2,  Paraguay 2097, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 16:00 horas.